Colectivos ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil, así como representantes de pueblos indígenas hacen un llamado urgente a la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento de la Cámara de Diputados para que rechace la iniciativa de Ley Mata-Flores, dado que no cumple con el mandato constitucional de garantizar el derecho humano al agua y violenta derechos humanos relacionados con el manejo sustentable de dicho recurso.

En este sentido, demandaron a las y los legisladores cumplir con los acuerdos adoptados por la Comisión de Recursos Hidráulicos el mes de agosto pasado y honrar lo suscrito en los 35 foros realizados con la ciudadanía desde 2019. Lo anterior toma aún más relevancia bajo el contexto de que recién el Senado de la República ratificó el Acuerdo de Escazú, dentro del cual se reconoce a la participación ciudadana en asuntos ambientales como un pilar fundamental del cumplimiento de los derechos humanos y la justicia ambiental.

Para poder cumplir el mandato constitucional del artículo 4 de garantizar el derecho humano al agua, se requiere contar con una Ley General de Aguas cuyo contenido, además de aterrizar el sistema de competencias para hacer realidad este derecho más los estándares a los que ha de sujetarse su cumplimiento, incluya la regulación que aborde la gestión, administración, mecanismos de protección, inspección y vigilancia del recurso hídrico.

En un contexto de crisis climática que actualmente impacta a las poblaciones más vulnerables, resulta urgente contar con un régimen jurídico que vele por las personas, pueblos y ecosistemas, garantizando un uso sustentable de este recurso.

Constreñir la legislación a solo la regulación de servicios de agua potable y saneamiento como pretende la Ley Mata-Flores, únicamente Incrementará los problemas actuales generados por un modelo de gestión que ha demostrado ser insostenible, que violenta derechos humanos al propiciar conflictos socioambientales y agresiones contra personas defensoras del medio ambiente y que ha dado lugar a la sobreexplotación, contaminación y acaparamiento del agua. Esto, toda vez que en el texto vigente de la Ley de Aguas Nacionales no existe una visión de derechos humanos y su estructura obedece a un modelo de gestión meramente administrativo.

El cumplimiento del derecho humano al agua y al saneamiento requiere de una visión integral del manejo del agua y en interdependencia con otros derechos humanos, como el ambiente sano. Además de regular la prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento, la legislación debe reconocer al agua como un elemento que obedece a un ciclo natural, así como un bien de las personas y pueblos, cuya disponibilidad y calidad -dos de los elementos de este derecho-, deben ser protegidos. Esto implica respetar el ciclo del agua y promover esquemas de gobernanza basados en el manejo integral de la cuenca.