-Se suma a sentencia emitida por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

-El proyecto no consideró manglares de importancia internacional

La Paz, Baja California Sur a 13 de noviembre del 2012

Para su publicación

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), informó que un tribunal colegiado confirmó la nulidad de la autorización en materia de impacto ambiental (AIA) del proyecto turístico EntreMares [1].

El décimo primer tribunal colegiado resolvió [2] no amparar a EntreMares, al considerar que el decreto de 1938 que declara como zona forestal vedada al puerto de La Paz [3], tiene vigencia como un Área Natural Protegida (ANP) en la categoría de «área de protección de flora y fauna», conforme la Ley General de Equilibrio Ecológico (LGEEPA) [4], y por no tomar en cuenta que los manglares del mogote están catalogados bajo la Convención Ramsar[5] como de importancia internacional.

Esta última sentencia se suma a la resolución del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que ya en 2012 nulificó permanentemente AIA del proyecto. Se agrega también a la opinión negativa de la Comisión Nacional Forestal (Conafor) para el cambio de uso de suelo; a la de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) al no recomendar el dragado para la construcción de canales y el desmonte de vegetación, y a la de la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial (DGPAIRS) de la Semarnat al especificar que EntreMares no era congruente si el proyecto afectaba a manglares y áreas naturales protegidas. Finalmente, la Dirección de  Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros también de la Semarnat recomienda no construir sobre dunas costeras  [6].

«Ahora el fallo del tribunal colegiado corrobora lo que había dicho el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa con un fallo definitivo, así como los argumentos de otras dependencias del gobierno federal. No es labor del Cemda emitir sentencias, pero sí señalar cuando los proyectos no se hacen con apego a la legislación» dijo Agustín Bravo Gaxiola, coordinador regional del Cemda en el noroeste.

EntreMares pretendía construir en la ciudad de La Paz, 390 hectáreas de complejos residenciales, turísticos y comerciales, equivalentes a 6,840 cuartos hoteleros, un campo de golf de 18 hoyos, una marina interior para 440 embarcaciones, afectando además a los manglares que crecen en esa zona, considerados de importancia internacional según la Convención Ramsar, así como a delfines costeros conocidos como tursiones y al tiburón ballena, especies catalogadas en riesgo.

«Reiteramos nuestra disposición y voluntad para participar en la recategorización del decreto de 1938 que declara a una porción La Paz como área natural protegida, y confiamos en que los desarrolladores turísticos puedan atraer inversión a La Paz con proyectos viables que respeten la vocación ambiental de la región» finalizó Bravo Gaxiola.

Notas:

1.- Fideicomiso F/934 Deutsche Bank México

2.- Sentencia del expediente 890/12

3.- Zona Protectora Forestal Vedada decretada por el Ex Presidente Lázaro Cárdenas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 24 de Agosto de 1938.

4.- Artículo octavo transitorio en la reforma de 1996 de la LGEEPA.

5.-Sitio Ramsar No. 73 bajo la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, de la cual México es parte.

6.- Resolutivo ENTREMARES – 03BS2008T0018 (25nov2009)http://minus.com/mgLQyLv6lpI2K

 

Para mayor información contactar:

Centro Mexicano de Derecho Ambiental

Margarita Campuzano

mcampuzano@cemda.org.mx

Ricardo Ruiz Esparza

ricardo_ruiz@cemda.org.mx

Tel. (55) 52863323