scjnEn la sesión del día de hoy, la Segunda Sala de la SCJN determinó por unanimidad conceder el amparo y protección de la justicia federal a las comunidades mayas de los estados de Yucatán y Campeche, a fin de garantizarles el derecho humano a la consulta previa, libre e informada, en relación a los permisos otorgados a Monsanto para la siembra de soya transgénica.

Esta decisión es un logró histórico para el pueblo maya y para la construcción del estado pluricultural de derecho en México. Tal decisión se une a otras previas y que marcan el camino hacia un cambio en la legislación y la política pública del estado mexicano, donde el derecho a la consulta debe garantizarse en cualquier medida legislativa y administrativa que pueda afectar de manera directa a los pueblos y comunidades. Por lo tanto, la consulta debe ser el mecanismo que posibilita la construcción de puentes para el diálogo en una sociedad culturalmente diversa.

scjn-2En los próximos días, la sentencia será notificada y se darán a conocer la totalidad de sus efectos. La y los ministros debatieron sobre el interés jurídico o legítimo que asiste a la parte quejosa, así como los efectos amplios o limitados de la concesión del amparo.

Esperamos que la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) cumplan con su obligación constitucional y convencional de garantizar una consulta previa, libre e informada, apegada a estándares internacionales.