• Confirman Profepa y Fonatur que el desarrollador del proyecto llevó a cabo de forma irregular el desmonte de vegetación de manglar y afectó especies animales en algún estatus de riesgo.
  • Adicionalmente, se deben de investigar a fondo –y en su caso sancionar- las irregularidades cometidas previamente, que dieron lugar a la Autorización e Impacto Ambiental.

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), se congratula por la acción de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) de dictaminar la Suspensión Total Temporal de todas las actividades y obras de cambio de uso de suelo en 10 lotes del proyecto Malecón Cancún-Tajamar, por incumplir los términos y las condicionantes respectivas a las autorizaciones otorgadas al margen de la ley por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en los años 2005 y 2006.

Asimismo, el CEMDA hace un respetuoso llamado a esta dependencia, al igual que a las demás autoridades involucradas en este asunto, para que continúen investigando con todo rigor y profundidad las irregularidades presentadas durante el proceso de otorgamiento de la Autorización de Impacto Ambiental (AIA) y para que en su caso sancionen en consecuencia.

El CEMDA interpuso el pasado 31 de julio acción legal en contra de la Autorización de Impacto Ambiental condicionada que la Semarnat otorgó en favor del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), pidiendo que ésta fuera invalidada toda vez que para obtenerla se presentó información falsa, pues –entre otras cosas- se omitió señalar la existencia de manglar en la zona.

De igual forma, diversas organizaciones de la sociedad civil presentaron otras denuncias solicitando la intervención de la Profepa y de otras autoridades para que las obras se detuvieran dado que se estaba llevando a cabo desmonte de vegetación de manglar y ocasionando un daño ambiental irreparable en la zona.

En un comunicado de la Profepa, fechado el 12 de agosto, se ratificó por parte de esta dependencia que lo que había denunciado CEMDA en el sentido de que la empresa responsable del proyectoinició remoción de vegetación sin contar con la validación de Semarnat, además de que causó afectación en especies silvestres animales y forestales catalogadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010”. La Profepa “constató el daño causado en diversas variedades de selva baja, mangle y tular así como especies animales”.

Asimismo, dicha dependencia está confirmando que la empresa no cumplió con una serie de condicionantes que le habían sido impuestas por la Semarnat a la Autorización de Impacto Ambiental y, a pesar de ello, llevó a cabo obras indebidas en el predio en cuestión. En base a lo anterior, Fonatur ha interpuesto ya las acciones legales conducentes en contra de la empresa, deslindándose en el caso que nos ocupa de cualquier responsabilidad.

El proyecto Malecón Cancún – Tajamar se localiza en tres regiones prioritarias establecidas por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO): Área de importancia para la Conservación Prioritaria de aves AICA (Corredor central Vallarta-Punta Laguna); Región Hidrológica Prioritaria sureste (Corredor Cancún-Tulum) y Región Marina Prioritaria (Punta Maroma-Nizuc).