Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C.

Posicionamiento sobre la crisis hídrica nacional 

Contexto

México es un país privilegiado en términos de su cercanía y disponibilidad de cuerpos de agua. Además de sus 11 mil 122 km2 de litoral, cuenta con 15 mil km2 de lagunas costeras, 29 mil km2 de cuerpos de agua interiores, así como 757 cuencas, divididas en 653 acuíferos. Sus ríos y arroyos constituyen una red hidrográfica de aproximadamente 633 mil km de longitud y cuenta con 142 humedales de importancia internacional, con una superficie mayor a 8.6 millones de hectáreas. Sin embargo, la sobreexplotación y contaminación de los cuerpos de agua, así como los impactos generados por el cambio climático, ponen en riesgo el patrimonio hídrico nacional. 

En el marco jurídico nacional, en febrero de 2012 se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reconocer en el artículo 4° el derecho de toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. A la par de su reconocimiento constitucional, se estableció el mandato para que el Congreso de la Unión expidiera en un plazo de un año la Ley General de Aguas Nacionales, con la finalidad de garantizar el ejercicio de este derecho. 

En la exposición de motivos de la reforma constitucional, se hace mención de diversos instrumentos internacionales sobre el derecho al agua, entre los que destacan la Observación General Número 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas. Dicha observación desarrolla el contenido del derecho humano al agua desde una perspectiva de derechos humanos, considerando que el derecho al agua se debe garantizar  bajo los siguiente términos:

  1. A) Disponibilidad: el abastecimiento de agua para cada persona debe ser continuo y suficiente; y la cantidad de este abastecimiento tiene que adecuarse a los estándares establecidos por la Organización Mundial de la Salud.
  1. B) Calidad: el agua disponible debe ser salubre y por tanto no contener microorganismos o sustancias químicas, metales pesados, y radioactivos o, cualquier componente que atente contra la salud de la población que pueda constituir una amenaza para la salud de las personas, lo que incluye un adecuado color, olor y sabor.
  1. C) Accesibilidad: el agua debe ser accesible para todos dentro del territorio de un Estado, lo que significa que se pueda acceder al suministro de agua desde cada hogar o lugar de trabajo, o que se le encuentre en las cercanías inmediatas;
  1. D) Accesibilidad económica (asequibilidad), lo que significa que los costos y cargos directos e indirectos asociados con el abastecimiento de agua deben ser asequibles para todos;
  1. E) No discriminación, que comprende la posibilidad de que todos accedan al agua, sobre todo los sectores más vulnerables y marginados de la población;
  1. F) Acceso a la información, de modo que cualquier persona pueda solicitar, recibir y difundir información sobre cuestiones relacionadas con el agua

Problemática  

A pesar de la importancia que tuvo la reforma constitucional y el reconocimiento del agua como un derecho humano, esto no ha sido suficiente para transformar la realidad. Prueba de ello es que las razones que justificaron la reforma, entre las que se encontraban la contaminación incesante, el continuo deterioro de los ecosistemas, la sobreexplotación de los recursos hídricos y su distribución desigual, así como la disminución de su disponibilidad, se mantienen e incluso empeoran. Asimismo, más de diez años después, no se ha cumplido con el mandato constitucional de expedir la Ley General de Aguas Nacionales.

Actualmente, podemos afirmar que el pronóstico fue subestimado. La disponibilidad hídrica media por habitante es menor que la proyectada en la exposición de motivos de la reforma: pasamos de una proyección de 3,705 metros cúbicos por persona al año para 2030; a 3,200 metros cúbicos de disponibilidad actualmente. Además, se mantienen las fugas en la red de agua potable, que oscilan entre 30% y 50% a escala nacional, lo que significa que no se ha logrado ningún avance para corregir esta problemática. Tampoco se ha logrado contrarrestar la distribución inequitativa de los volúmenes de agua, lo que se puede constatar comparando las cifras presentadas en la iniciativa con las de la situación actual: 76% agrícola (antes 77%), 14% abastecimiento público, 5% industria autoabastecida, 5% generación de electricidad (antes 4%).

Aunado a lo anterior, la cifras nos permiten asegurar que estamos ante una profunda crisis hídrica a nivel nacional: 

  • Solo el 52.5% de la población goza de un suministro diario de agua potable en su vivienda;
  • 8 de las 13 regiones hidrológicas administrativas del país cuentan con un alto grado de presión sobre el agua;
  • Dos terceras partes del territorio se encuentra en situación de estrés hídrico; 
  • Más del 70% de las aguas superficiales presentan algún grado de contaminación;
  • El Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México pronostica que el día cero del Sistema Cutzamala llegará el 26 de junio del presente año. 
  • La Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCDE) concluyó que la demanda aumentaría un 55% a nivel mundial entre 2000 y 2050.

Además, la crisis hídrica impacta de manera desproporcionada a los sectores más vulnerables de la población, agravando las desigualdades y la satisfacción de las necesidades más básicas. Las personas más vulnerables no cuentan con servicios de agua y a veces tienen que recorrer distancias muy largas para conseguirla, o pagar de 10 a 20 veces más por ella en comparación con otros sectores poblacionales. Además, el acceso al agua se complica a causa de la discriminación por motivos de género, edad y condición social. 

Para comenzar a revertir la crisis hídrica en la que nos encontramos, se requiere una visión de mediano y largo plazo. Incluso logrando la cobertura universal de los servicios de agua potable y saneamiento, el ejercicio pleno de este derecho implica abordar importantes retos de política pública y presupuesto para el saneamiento y la restauración de los cuerpos de agua.  

Postura de CEMDA

En ese sentido, desde el CEMDA consideramos que:

  • Es imperativo saldar la deuda legislativa con una ley que cuente con un enfoque transversal y progresivo de derechos humanos que permita llegar a la cobertura universal del recurso, así como mecanismos de acceso a la información, participación social, monitoreo social y rendición de cuentas que permitan una mejor gestión del agua conforme a la Observación General Número 15. 
  • Se debe respetar el ciclo del agua mediante esquemas de gobernanza basados en el manejo integral de la cuenca, así como reconocer que el agua es un bien de las personas y pueblos, cuya disponibilidad y calidad deben ser protegidas. El cuidado del ambiente conlleva a conservar los acuíferos y las cuencas hidrológicas y asegurar la permanencia de los sistemas que hacen posible el abasto básico de la población. Por ello deben concebirse el agua y la protección del ambiente como una política de Estado prioritaria.
  • El uso social del agua debe contemplar el derecho a la consulta y a la participación en los beneficios. El conocimiento, respeto y garantía por parte del Estado sobre las diferentes visiones que existen en torno al manejo del agua debería ser el elemento integrador y la piedra angular en la construcción de los ordenamientos de planificación.
  • Se debe entender que existe una interdependencia entre el agua y el cambio climático. Este fenómeno ya está causando impactos en diversos sectores de la población, como sequías e inundaciones extremas. Por tanto, ante la crisis climática resulta necesario privilegiar el consumo personal y el doméstico sobre el consumo industrial y comercial.
  • En vista de los recortes presupuestales sufridos por Conagua para el año 2024, así como las reciente iniciativa de reforma para centralizar al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), expresamos la necesidad de mantener instituciones técnicas e imparciales que cuenten con los recursos suficientes para garantizar éste derecho humano.
  • Se debe priorizar la eficiencia de infraestructura para el suministro de agua potable, el establecimiento de los servicios de drenaje y alcantarillado, y el tratamiento de aguas residuales, ya que constituyen uno de los grandes retos para México en los próximos años. 
  • Enfatizamos que en términos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los Estados deben adoptar medidas apropiadas para garantizar los derechos humanos, lo cual implica una implementación pronta y eficaz.

1 Exposición de motivos

2 https://imco.org.mx/wp-content/uploads/2023/02/Situacion-del-agua-en-Mexico Pg. 2.

3 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/642632/PNH_2020-2024__ptimo.pdf

4 idem

5 https://sistemas.coneval.org.mx/SIDS/Serie2016-2022/Acceso-efectivo-a-derechos-sociales/Acceso-efectivo-a-la-Vivienda/Vi-1/Resultados

6 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/642632/PNH_2020-2024__ptimo.pdf

7 https://www.wri.org/insights/highest-water-stressed-countries

8 https://www.gob.mx/conagua/articulos/calidad-del-agua

9 https://www.elfinanciero.com.mx/cdmx/2024/02/01/llego-el-dia-cero-a-cdmx-y-edomex-presas-del-cutzamala-se-estan-quedando-sin-agua/

10 https://www.oecd.org/env/indicators-modelling-outlooks/49884278.pdf

11  https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000367306/PDF/367306eng.pdf.multi Pg. 97

12  Ibidem. Pg. 108.