• La DGIRA y PROFEPA avalan con su inacción que este desarrollo turístico opere al margen de la ley
  • La autorización del proyecto fue nulificada en agosto de 2010 y, sin embargo, la DGIRA impide a PROFEPA a actuar
  • Los recursos legales de la empresa nunca tuvieron suspensión.

 

 

Para su Publicación 

La Paz Baja California 8 de julio de 2012.

El proyecto inmobiliario costero Paraíso del Mar, ubicado en Baja California Sur (BCS), actualmente opera en la ilegalidad al no contar con autorización en materia de impacto ambiental desde el 2010, esto por las reiteradas omisiones de acción por parte de la Dirección General de Impacto Ambiental (DGIRA), dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), así como de la delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en BCS, denunció el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA).

El proyecto promovido por la empresa Desarrollos Punta La Paz S. de R.L. de C.V. planteaba la urbanización de 504 hectáreas (has) con 2 mil 50 cuartos hoteleros, más de 4 mil viviendas, dos campos de golf de 18 hoyos y una marina exterior con capacidad para 535 embarcaciones, todo en la barra arenosa conocida como «el Mogote» frente al malecón costero de la ciudad de La Paz, Baja California Sur.

En agosto de 2010 el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) resolvió [1] que la autorización ambiental del complejo turístico es ilegal, obligando a que la SEMARNAT emitiera un nuevo dictamen que retome los puntos de la sentencia del Tribunal Federal, entre ellos, el hecho de que el proyecto se realiza en una zona forestal vedada y que en su operación transgrede lo previsto por las normas NOM-022-SEMARNAT-2003 y NOM-059-SEMARNAT-2011 al establecerse sobre ecosistema de manglar y con la falta de valoración de afectación a especies marinas.

 

Sin embargo, desde que surtió efectos la sentencia y pese a que se interpusieron denuncias populares ante la PROFEPA respecto a la inexistencia de autorización, esta dependencia sólo procedió a preguntar a la SEMARNAT sobre la vigencia de la recién nulificada resolución, a lo que la DGIRA respondió que era válida por el sólo hecho de que la empresa promovente interpuso un juicio de amparo.

«Desde el principio se le recordó a la PROFEPA, incluida su dirección jurídica, que en el juicio de amparo presentar la demanda no otorga una suspensión automática. Es decir, éste sólo se otorga por causales de seguridad personal o garantías individuales. En el caso del medio ambiente puesto que es de interés público no se dan suspensiones» declaró Mario Sánchez, abogado del CEMDA en su oficina noroeste.

La empresa promovente ha visto desmoronarse tanto su proyecto como su defensa legal debido a que sus demandas en contra de la nulidad de su autorización han sido declaradas inválidas, así como la petición de que la sentencia del TFJFA se suspenda. El actuar de la DGIRA en los expedientes de denuncia popular ha sido la de defender la legalidad de un acto administrativo que ya no existe.

 

Como antecedente se puede señalar que ya se contaba con el desistimiento de autorización en materia de impacto ambiental a su camino de acceso en Noviembre del 2008 [2], obra que fue presentada por la empresa Urbanizadora Gema S.A. de C.V. como externa al desarrollo principal y misma que fue clausurada por PROFEPA en 2011, precisamente por operar sin autorización.

«La Delegación de la PROFEPA en Baja California Sur no ha hecho uso de sus facultades en los procesos de Paraíso del Mar, simplemente ha esperado a una orden de la DGIRA que no llegará. La omisión de la PROFEPA para actuar ha ocasionado que paraíso del Mar lleve dos años construyéndose sin autorización», añadió Mario Sánchez.

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[1] Resolución de 03 de Agosto de 2010 al expediente 32183/06-17-11-3 por la Decimo Primera Sala Regional Metropolitana del TFJFA.

[2] Oficio SEMARNAT-BCS.02.01.490/08 de fecha 03 de Junio de 2011

 

 

 

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