• En manos de la Suprema Corte se encuentra la supervivencia de la tribu Yaqui, señalan.
  • Argumentan violaciones del gobierno de Sonora a sus derechos de información, consulta y participación respecto de recursos sobre los que tienen derechos de propiedad.
 Para su publicación
México D. F. 18 de febrero 2013
Autoridades tradicionales del pueblo de Vicam, primera cabecera de los ocho pueblos de la tribu yaqui, dieron a conocer una carta abierta[1] dirigida a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la cual solicitan se reconozca que, en el caso de la construcción del Acueducto Independencia en el estado de Sonora, la autoridad ambiental ha vulnerado el derecho del pueblo indígena yaqui a acceder, de manera autónoma, al uso y disfrute preferente de los recursos naturales, así como a ser informados y consultados previamente sobre las acciones que impactan dichos recursos.
En la misiva los yaquis destacan la intrínseca relación que tienen con el río del mismo nombre, el cual es esencial para su sobrevivencia económica y cultural, recordando que además tienen derechos, dado que en 1940 el presidente Lázaro Cárdenas firmó el Decreto que restituye y titula el territorio a la tribu yaqui, otorgándoles el derecho al 50% del agua existente en el caudal del dicho río.
 «El río es parte de nuestra ritualidad y cosmovisión; es el principal elemento productivo, está ligado a la creación y es símbolo en el llamado huya ania, ‘el mundo del monte’, lugar mítico en el que deambulan seres benignos y malignos que le dan sentido e identidad a nuestra existencia».
La sobrevivencia del pueblo yaqui está actualmente amenazada por la construcción del Acueducto Independencia en el estado de Sonora proyecto bandera del gobierno estatal, quien, sin informar ni consentir su participación, en enero de 2010, presentó el proyecto denominado Sonora Sistema Integral (Sonora Si) donde se proponía, entre otras obras, un acueducto que desde el río Yaqui, en la presa Plutarco Elías Calles (El Novillo) trasvase 75 millones de metros cúbicos de agua anuales hasta la ciudad de Hermosillo (ubicada en la cuenca del Río Sonora).
En julio de 2010, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de su órgano desconcentrado, la Comisión Nacional del Agua (Conagua), otorgó 50 millones de metros cúbicos de agua para la construcción del Acueducto Independencia. Ese mismo mes se publicó la convocatoria para licitar la construcción del acueducto[2]; esto a pesar de la suspensión dictada por la Juez Octavo de Distrito con residencia en Sonora[3]. En noviembre de 2010, fue ingresada a Semarnat para su evaluación la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para la construcción del Acueducto Independencia[4], la cual fue autorizada por la dependencia[5].
Cabe señalar que en ninguno de los procesos antes descritos -concesión de agua por parte de Conagua, publicación de la licitación y procedimiento de evaluación de impacto ambiental- se cumplió con lo que establece la ley respecto de la obligación de informar y buscar el consentimiento de las comunidades indígenas.
Fue entonces que, ante todas las violaciones anteriormente descritas, la tribu Yaqui decidió presentar una demanda de amparo[6], recibiendo una sentencia favorable en mayo de 2012, la cual fue recurrida por las autoridades federales. Debido a la importancia y transcendencia de los temas que se ventilan en dicho juicio, la SCJN decidió atraer el asunto[7].
Actualmente el Acueducto ha sido construido parcialmente y en noviembre de 2012 el entonces  Presidente de México, Felipe Calderón Hinojosa, participó en la puesta en marcha de su prueba de operación[8], a pesar de la existencia de diferentes acciones judiciales en trámite, de sentencias de amparo que ordenan reponer el procedimiento de evaluación de impacto ambiental; de la Recomendación de la CNDH[9]  que se manifiesta en contra de la construcción de tal obra, así como de múltiples protestas públicas.
La CNDH confirma en su Recomendación que el gobierno de Sonora ha incurrido en violaciones a la ley al incurrir en franco desacato de órdenes judiciales, además de que ha sido omiso «para salvaguardar y respetar el debido proceso, la garantía de audiencia y, específicamente, el derecho a la consulta previa de los integrantes del pueblo yaqui».
En la carta enviada a los ministros, las autoridades yaquis destacan que la escasez de agua ha sido un problema al que se han tenido que enfrentar históricamente y que actualmente se agrava debido a que el caudal de agua del río Yaqui ha bajado y la mayoría de sus escurrimientos son utilizados para surtir de agua a otras ciudades, así como a la agroindustria y al Valle del Yaqui, sin que sea suficiente para abastecer sus terrenos cultivables.
«El desprecio y la indiferencia con la que hemos sido tratados por el gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, así como por Semarnat, nos llevó a presentar un amparo el año pasado, recibiendo una sentencia favorable en mayo de 2012, la cual fue recurrida por las autoridades federales», señalan en la carta.
Y añaden: «Consideramos que la decisión reviste también una importancia fundamental en términos de reconocer la importancia de que en todos los proyectos ambientales prevalezca la TRANSPARENCIA en cada paso de los procesos. Ello no sólo permitiría que el Estado pueda cumplir con mayor eficacia con su obligación de proteger y preservar los recursos naturales de la nación, sino que ayudaría a prevenir el surgimiento de conflictos sociales a los que hace referencia la CNDH».
Sigue la información sobre este caso en www.cemda.org.mx y en twitter @cemda con el #aguaparalosyaquis

[2]Licitación No. 55201001-001-10. 28 de julio de 2010.
[3]Juicio de amparo 865/2010, fallado el 6 de octubre de 2010.
[4]Oficio FOOSSI-19/018
[5]Oficio S.G.P.A.-DGIRA.-DG.-1633/11. 23 de febrero de 2011.
[6]Juicio de Amparo 461/2011 – Cuaderno Auxiliar 106/2012-III
[7]Recurso de Revisión 631/2012. Mediante auto del 16 de octubre de 2012, la SCJN ejerció la facultad de atracción, turnándose el expediente para su estudio y resolución a la Primera Sala a la ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
[8]http://www.debate.com.mx/eldebate/noticias/default.asp?IdArt=12714115&IdCat=17303
[9]Recomendación No. 37/2012 sobre el caso del proyecto «Acueducto Independencia», en el estado de Sonora. México, D.F., a 9 de agosto de 2012. (http://www.cemda.org.mx/wp-content/uploads/2012/08/Recomendación-37-2012-2.pdf )