• Se afectarían los pastos marinos, ecosistema fundamental para mantener la biodiversidad y proteger las zonas costeras de erosión y oleaje.
  • El proyecto -que no solicitó nueva autorización- busca desarrollarse frente a la sede de la COP13 del Convenio sobre la Diversidad Biológica en Cancún.
 
Organizaciones de la sociedad civil solicitan a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), organismo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), desistirse de la intención de llevar a cabo el proyecto para colocar arrecifes artificiales en el Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos, por no cumplir con los requerimientos indicados por la ley para su autorización y por los impactos ambientales negativos que tendría en el ecosistema.
El proyecto original data del año 2009, cuando la Semarnat autorizó al Director Regional de la Península de Yucatán y Caribe Mexicano de la Conanp, de manera condicionada en materia de impacto ambiental, el desarrollo del proyecto denominado «Colocación, operación y mantenimiento de hábitats artificiales en arenales de los Parques Nacionales Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc e Isla Contoy y en la zona aledaña El Meco».
 
En septiembre de 2015, esa misma dirección de la Conanp solicitó la modificación del proyecto, para ampliarlo y colocar hábitats artificiales en la zona norte del Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos, frente al hotel Moon Palace.
El nuevo proyecto pretende colocar una barrera tipo rompeolas de 250 m de largo, que estará conformada por 324 piezas de estructuras de cemento, denominadas Arrecifes Modulares Artificiales (AMA®) sobre zonas de pastos marinos y arenales a una profundidad de 1.5m, con cresta que quedará a 0.15 m por debajo del nivel medio del mar, la cual quedará expuesta durante la marea baja.
Resulta fundamental destacar que el nuevo proyecto que se pretende desarrollar, no es de la misma naturaleza que el autorizado en 2009, toda vez que el proyecto inicial fue planteado para colocar hábitats artificiales en zonas de arenales, con el fin de promover el asentamiento de peces y coral, mientras que en el proyecto actual las estructuras serán colocadas en un pastizal marino, dentro de un Área Natural Protegida (ANP) -en donde está prohibido desarrollar este tipo de actividades-, con la clara función de servir como rompeolas, esperando crear playa.
Para llevar a cabo el proyecto, no se presentaron de forma precisa los impactos ambientales sinérgicos, acumulativos y residuales que éste conllevaría, ya que la Conanp no llevó a cabo la debida diligencia ni tomó las medidas necesarias establecidas en la legislación ambiental[1], según las cuales, la Semarnat debe requerir una nueva Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), cuando las modificaciones propuestas, tanto a los proyectos que estén en evaluación como aquellos que ya fueron autorizados, puedan causar desequilibrios ecológicos, daños a la salud, o causar impactos acumulativos o sinérgicos.
Asimismo, al no requerirse una nueva MIA para aprobar el proyecto, se omite actuar con transparencia, toda vez que no es posible llevar a cabo una consulta pública que permita a la sociedad civil participar en el proceso y emitir sus comentarios. Cabe señalar también que el proyecto incumple Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial (POET) de la región denominada corredor Cancún-Tulum, así como las Reglas del Programa de Manejo del Parque Nacional Arrecifes de Puerto Morelos[2].
Debido a todo lo anterior, el pasado 19 de octubre, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) interpuso un recurso de revisión, en representación de integrantes del Consejo Asesor del Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos y habitantes del sitio, solicitando la revocación de la autorización otorgada por Semarnat[3] para modificar el proyecto original, a fin de extenderlo al polígono del citado Parque Nacional.
Resulta particularmente preocupante, en primer lugar, que sea la Conanp quien impulse este proyecto, cuando esta dependencia es la responsable de velar por la protección de nuestras Áreas Naturales Protegidas y, en segundo lugar, el hecho de que en dos meses, en el estado de Quintana Roo se celebrará la Convención Marco del Convenio de Diversidad Biológica (COP13), teniendo justamente como sede el hotel Moon Palace, frente a cuyas playas pretenden colocarse los arrecifes artificiales.
Recordemos que la Meta 11 de Aichi, establecida en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica, señala que «para el 2020, al menos 17 % de las zonas terrestres y aguas continentales y el 10% de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se conservan, ecológicamente representativos y bien conectados y otras medidas de conservación eficaces basados en áreas, y están integradas en los paisajes terrestres y marinos más amplios».
Para alcanzar la Meta mencionada -a lo cual México se comprometió a nivel internacional-, se debe dar atención especial a la protección de ecosistemas críticos, como son los pastos marinos, los cuales proveen una gran cantidad de nutrientes, favoreciendo la productividad de las zonas costeras, además de ayudar a proteger la costa del oleaje y contribuir a evitar la erosión.
Finalmente, se debe apuntar que la autorización otorgada el 1 de octubre de 2015 por Semarnat es violatoria de los derechos humanos[4], debido a que contraviene la obligación de respetar el derecho al medio ambiente sano, al dejar de aplicar los Principios Precautorio y Preventivo, cuando se revisó el proyecto y sus posibles impactos sobre el área protegida de Puerto Morelos.
Por todo lo anterior, la sociedad civil hace un atento llamado a la Semarnat, dependencia responsable de la protección y defensa del medio ambiente, a no afectar una de las áreas de mayor valor ambiental tanto de Quintana Roo, como de México, como es el Parque Nacional Arrecifes de Puerto Morelos, y a respetar, en ese sentido, sus compromisos internacionales frente a la COP13, así como el derecho humano a un medio ambiente sano de los mexicanos.
 
Firmantes:
Greenpeace México
Centro para la Diversidad Biológica
GEMA
Salvemos Tajamar
MOCE

[1]Artículos 27 y 28 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación de Impacto Ambiental
[2]Reglas 1, 2 y 76, fracciones III, XVI y XVIII del Programa de Manejo del Parque Nacional Arrecifes de Puerto Morelos
[3]Oficio No. 04/SGA/1268/15, de fecha 01 octubre de 2015, emitido por la Delegación Federal en el Estado de Quintana Roo de la Semarnat.
[4] Según se establece en los artículos 1º y 4º, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 1.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos; y 11 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.