• A pesar de que el 2 de marzo inició funciones formalmente la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), falta claridad y certeza sobre sus actividades operativas.
  • Preocupa el vacío legal para regular y vigilar proyectos con impactos ambientales tan graves como el fracking para la extracción del gas natural.

A más de dos meses de haber iniciado funciones formalmente la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA)[1] -anteriormente denominada ANSIPA- y a cinco meses de echada a andar la reforma energética, existe fuerte preocupación por parte del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) debido a la falta de seguridad jurídica y de información sobre cómo están funcionando las instituciones del Estado responsables de estos temas.

Según se estableció en la reforma energética, la regulación y vigilancia de los impactos ambientales ocasionados por los hidrocarburos ya no son competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y, por tanto, las denuncias ya no están siendo atendidas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), sino que ahora son responsabilidad de la ASEA.

Sin embargo, a la fecha existe poca claridad sobre cuál será el marco normativo y el alcance de las facultades institucionales de esta agencia para vigilar el cumplimiento efectivo de la ley en materia de hidrocarburos, sobre la definición de medidas de prevención y de mitigación con relación a los impactos ambientales de las actividades de exploración y explotación de los hidrocarburos, y sobre el monitoreo y sanciones que se impondrán derivadas de los daños que se generen al medio ambiente y a las personas.

Particularmente, preocupa el hecho de que la ASEA será la responsable de aprobar y revisar la aplicación de la legislación ambiental en los proyectos de fracturación hidráulica (fracking) en el país, sin que hasta el momento exista una regulación o lineamientos técnicos vinculantes para la prevención de los altos impactos ambientales que esta técnica conlleva, ni mecanismos claros de monitoreo y vigilancia para remediar los daños ambientales.

Algunos de los riesgos potenciales más graves del fracking son los siguientes[2]:

  1. Disminución de disponibilidad del agua para los seres humanos y ecosistemas. Se requieren de 9 a 29 millones de litros para la fractura de un solo pozo y generalmente las inversiones de este tipo implican la proliferación de cientos de pozos, por lo que el consumo de agua se multiplica, entrando en directa competencia con las actividades productivas.
  2. Contaminación de las fuentes de agua. El líquido utilizado está compuesto en un 90% por agua, 1 a 2% por aditivos químicos de diversa índole y un 7 a 8% por ciento por agentes de sostén, también conocidos como apuntalantes, utilizados para mantener abiertas las grietas por donde sale el gas de la roca.
Es preocupante la falta de información que existe a nivel internacional sobre cuáles son los aditivos químicos utilizados. En total, se han identificado más de 2,500 productos y, al menos, 750 tipos diferentes de químicos en el fluido de perforación. El informe Impacto Ambiental del Sistema de Fracturación Hidráulica[3] para la extracción de gas no convencional, señala que más del 25% de las sustancias pueden causar cáncer y mutaciones, el 37% pueden afectar al sistema endócrino, más del 50% causan daños en el sistema nervioso y casi el 40% provocan alergias.

La experiencia internacional demuestra que, a falta de regulación, los lodos que brotan del pozo suelen ser tratados en plantas de tratamiento inadecuadas o vertidos en arroyos, ríos o depósitos de agua, o bien pueden llegar a contaminar mantos freáticos, con graves consecuencias para el ambiente y la salud de las personas.

  1. Impactos en el calentamiento global debido a las emisiones de gas metano que se producen por ineficiencias en la extracción, procesamiento, traslado y distribución. El metano es un gas que presenta un efecto invernadero 20 veces más potente que el dióxido de carbono (CO2). En los proyectos de gas de esquisto, el escape de metano es superior en un 30% al de los proyectos de gas natural convencional.
  2. Afectación a otras actividades productivas. La explotación de gas esquisto por fractura hidráulica representa un cambio radical del paisaje en las zonas rurales, incompatible, por la contaminación generada, con otras actividades económicas como son la agricultura, la ganadería y el turismo.
Debido a los impactos mencionados, la organización Council of Scientific Society Presidents, formada por alrededor de 1.4 millones de científicos, ha instado a manejar con cautela la extracción del gas de esquisto hasta no contar con una mejor base científica sobre los impactos ambientales que pueda ocasionar[4].

En ese sentido, la falta de información sobre las actividades operativas de la ASEA en materia de impacto ambiental, de monitoreo y de vigilancia de los proyectos de hidrocarburos y la suspensión de los procedimientos en materia de hidrocarburos por parte del sector ambiental deja en total vacio e incertidumbre legal la protección del medio ambiente y de los recursos naturales, perjudicando la transparencia del sector ambiental.

Por ello, resulta sumamente relevante que tanto la ASEA como las demás instituciones del Estado vinculadas con el tema sean claras y transparentes en sus procesos, bajo una perspectiva de derechos humanos, y cuenten con mecanismos de transparencia y rendición de cuentas.

Finalmente, es importante reiterar que la existencia de la ASEA no debe mermar los esfuerzos por consolidar un sistema jurídico ambiental fuerte y eficiente, con un presupuesto suficiente, autónomo y capaz de enfrentar los retos que México tiene en materia de evaluación de impacto ambiental, de supervisión y de procuración de justicia ambiental.


[1]A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2015, de la identificación y domicilio oficiales. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5388201&fecha=08/04/2015

[2]De acuerdo con el informe de laAlianza contra el Fracking. Principales problemas identificados con la explotación de gas de esquisto por fractura hidráulica en México (fracking). Disponible en línea: http://nofrackingmexico.org/wp-content/uploads/2014/08/Documento-Base-FINAL.pdf

[3]Citado en el Informe Principales problemas identificados con la explotación de gas de esquisto por fractura hidráulica en México (fracking), Op. Cit., p. 7.

[4] Citado en el Informe Principales problemas identificados con la explotación de gas de esquisto por fractura hidráulica en México (fracking), Op.Cit., p. 12.

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El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) es una organización de la sociedad civil que desde hace 21 años promueve el derecho a un medio ambiente sano y la protección de los recursos naturales. Nuestro trabajo -sumado al de muchos otros actores- contribuye a la aplicación efectiva de la legislación, la mejora de las políticas públicas  y el fortalecimiento del  Estado de Derecho. Todo esto con el propósito de lograr mejores condiciones de bienestar social en armonía con la naturaleza.

 

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