El día de ayer fue ingresado ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en la sala Regional de Occidente en Guadalajara,
la Demanda
de Nulidad en contra de actos y de autoridades que consideramos responsables por la resolución de fecha 11 de febrero del presente, que emitió
la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de
la Dirección
General
de Impacto y Riesgo Ambiental de la misma secretaría, a favor de
la Comisión
Federal
de Electricidad para el proyecto de
la Terminal
de Gas Natural Licuado Manzanillo.
Esta demanda está siendo apoyada por Bios Iguana A.C., Centro Mexicano de Derecho Ambiental y Greenpeace.
Entre las autoridades que se señalan como demandadas se encuentran:
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el Titular de
la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por haber facilitado la emisión de la resolución administrativa, esto en virtud de no haber concurrido por sí mismo o a través de sus unidades administrativas competentes, al proceso de modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de
la Subcuenca
de
la Laguna
de Cuyutlán, que sirvió de fundamento al Director Genral de Impacto y Riesgo Ambiental para la emisión de la resolución.
-
el Director General de Impacto y Riesgo Ambiental, quien emitió la resolución, sin haber contado con los elementos técnicos, lógicos y jurídicos para la evaluación de impacto.
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El Director General de Vida Silvestre, por su notoria omisión, en virtud de no pronunciarse en contra del proyecto a favor de
la CFE
, negligencia que facilitó la emisión de la resolución administrativa impugnada y pone en grave riesgo la biodiversidad que se encuentra en
la Laguna
de Cuyutlán, donde se encuentran diversas especies enlistadas en
la Norma
Oficial
Mexicana 059 como amenazadas, en protección especial y en peligro de extinción, así como especies endémicas de México.
-
El Delegado de
la SEMARNAT
en Colima, por omitir participar dentro de su circunscripción territorial en el proceso de modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de
la Subcuenca
Laguna
de Cuyutlán, en el que se fundamentó la resolución, a la cual estaba obligado en virtud de que en la modificación no se siguieron los lineamientos que tutela el Reglamento de
la Ley
General
de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en materia de Ordenamiento Ecológico.
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La Secretaría
de Desarrollo Urbano del Gobierno del Estado de Colima por haber modificaco, a modo, el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de
la Subcuenca
de
la Laguna
de Cuyutjlán, sin sujetarse a los lineamientos que tutela el Reglamento de
la Ley
General
del Equilibrio Ecológico, en materia de Ordenamiento.
En esta demanda se llega a la conclusión de que las autoridades actuaron con dolo y en violación al principio de buena fe en materia administrativa, ya que las autoridades locales modifican el Programa de Ordenamiento Ecológico para favorecer a
la Comisión
Federal
de Electricidad, no así para beneficial el desarrollo sustentable de la región, análisis que debió haberse hecho en la evaluación de impacto ambiental y no se hizo,
lo que nos lleva a
la mala fe de las
autoridades federales.
Las tres organizaciones Bios Iguana, Centro Mexicano de Derecho Ambiental y Greenpeace, daremos puntual seguimiento a todos los recursos jurídicos que se interpongan por las
violaciones que en coalición diversas autoridades realizaron para beneficiar intereses privados en contra del interés público de los mexicanos y en particular de los colimenses.
A t e n t a m e n t e
“Por
la Defensa
de los Ecosistemas Costeros”
Esperanza Salazar Zenil
Coordinadora de Bios Iguana A.C.