El pasado 18 de marzo de 2008, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México emitió sentencia en el juicio contencioso administrativo instaurado por vecinos del Municipio de Chalco en contra de uno de los desarrollos inmobiliarios de Casas Ara, donde ordenó a
la Secretaría
de Desarrollo Urbano del Estado de México a que “clausure de forma definitiva y total las obras realizadas” para el desarrollo inmobiliario denominado “Hacienda de Guadalupe”.
Esta sentencia representa un precedente jurídico importante y una advertencia para los desarrollos inmobiliarios que las grandes constructoras, como Casas Geo y Casas Ara, llevan a cabo en los municipios del oriente del Valle de México, debido principalmente a que estos desarrollos violan los planes municipales de desarrollo urbano, de ordenamiento ecológico, decretos relativos a la extracción del agua del subsuelo y la legislación estatal; violaciones que fueron demostradas en el juicio en contra de Casas Ara, aseguró Xavier Martínez Esponda, abogado ambientalista responsable del caso por parte del Centro Mexicano de Derecho Ambiental AC., quien presentó la demanda de nulidad el pasado 9 de octubre de 2006.
Cabe señalar que en el juicio el Tribunal reprobó el actuar de
la Secretaría
de Desarrollo Urbano del Estado de México, señalando que ésta en lugar de sancionar conforme a derecho, como es la imposición de una sanción como la clausura a las compañías inmobiliarias que construyen sin las autorizaciones correspondientes, sólo les impone pequeñas multas, situación que es del todo irregular y que solo pone en evidencia la corrupción que existe en el sector.
Con esta sentencia se crea un precedente jurídico importante en la lucha por la conservación de las zonas agrícolas y de recarga del acuífero Chalco – Amecameca (localizado al oriente del Valle de México), el cual resulta imprescindible para el abastecimiento del vital líquido de 15 municipios del Estado de México y dos delegaciones del Distrito Federal.
Adicionalmente, estos conjuntos habitacionales violan el Ordenamiento Ecológico por riesgo eruptivo del Volcán Popocatepetl y su zona de influencia, en el que estipula que estas zonas son de conservación agrícola, es incompatible con la urbanización y son zona de reinfiltración de los mantos acuíferos, comentó Jacobo Espinoza de Guardianes de los Volcanes.
Las comunidades y pueblos de Chalco, así como el Centro Mexicano e Derecho Ambiental AC. y Guardianes de los Volcanes AC., nos pronunciamos por un desarrollo sustentable y ordenado, y en contra de los desarrollos habitacionales que comprometen la recarga de los acuíferos y la distribución del agua entre los pueblos originarios.
Claudia Gómez-Portugal M.
t.89957920 c.0445518506827