• El Programa pretendía que el Municipio tuviera facultades para autorizar asentamientos urbanos en el Parque Nacional y la zona arqueológica.
  • Actualmente existen desarrollos hoteleros ilegales en aproximadamente el 9% del polígono del Parque Nacional de Tulum.
  • Fundamental que las Áreas Naturales Protegidas sigan bajo competencia exclusiva de la Federación.

 

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) aplaude la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar el Programa de Desarrollo Urbano de Tulum (PDU) en el que se pretendía   incorporar a éste el Parque Nacional de Tulum y la Zona de Monumentos Arqueológicos Tulum-Tancah.

CEMDA coincide con lo expuesto por la Corte en el sentido de que, por tratarse de bienes nacionales, debe ser la Federación quien tenga competencia exclusiva para regular su uso y aprovechamiento, sin que los municipios puedan contemplar dichos bienes en lo que se refiere a la zonificación, desarrollo urbano y asentamientos humanos. Coincide también con el señalamiento de los ministros en el sentido de que debe existir coordinación entre las autoridades federales y locales para el manejo de la zona.

La zona arqueológica de Tulum tiene un valor ambiental, histórico y cultural invaluable para nuestro país y para la humanidad, por lo que la Federación debe ser la única con soberanía y jurisdicción sobre ésta, y con la responsabilidad de vigilar y garantizar su protección.

Se estima que actualmente existen desarrollos hoteleros ilegales en aproximadamente el 9% del polígono del Parque Nacional de Tulum. La urbanización de un parque nacional y la asignación de densidades de construcción hoteleras, así como usos del suelo incompatibles con la conservación de los recursos naturales que se planteaban en el PDU, contravienen abiertamente la legislación federal en la materia, la cual establece con claridad que las áreas naturales protegidas decretadas en aquellas zonas del territorio nacional, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas, son en beneficio de todos los mexicanos y de interés público.

Gustavo Alanís, presidente de CEMDA, consideró que “ resulta sumamente valioso que los temas ambientales sean discutidos en el máximo tribunal de la Federación. La resolución de la Suprema Corte en este caso contribuye de manera significativa al desarrollo sustentable de México, a la protección del capital natural y al ejercicio efectivo del derecho constitucional a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de todas las personas, fortaleciendo el régimen jurídico de la conservación de los recursos naturales a través de las áreas naturales protegidas”.

La decisión de la Corte sienta un precedente para delimitar las funciones de cada nivel de gobierno, y fortalece el objetivo de las Áreas Naturales Protegidas (ANP), las cuales deben continuar bajo competencia de la Federación en donde prevalezca la conservación.