Protección de Flora y Fauna
Las Áreas Naturales Protegidas deben mantener su categoría original de protección y contar con su respectivo Plan de Manejo así como con los recursos necesarios para preservarlas.
Hay una preocupación social en cuanto a que la modificación al Decreto pudiera representar un debilitamiento jurídico en la protección del Área Natural Protegida.

Sin dudar de la buena fe y de los criterios en los que se haya basado la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para modificar el estatus legal del Nevado de Toluca de Parque Nacional a Área de Protección de Flora y Fauna, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) considera que, si el objetivo fundamental que se persigue con dicha modificación es la protección del valor ambiental de esta importante zona, este fin pudo haberse alcanzado haciendo cumplir a cabalidad el Decreto vigente de Parque Nacional, o bien, elevando incluso la categoría a una de mayor protección y conservación.

Como lo saben las autoridades ambientales de nuestro país, existe una amplia preocupación social de que la modificación realizada al Decreto pudiera representar un debilitamiento jurídico en la protección del Área, en detrimento de su cuidado y buen mantenimiento en el mediano y largo plazo.

Como parte del contexto general de esta área natural protegida, es importante destacar que, no obstante haber sido decretado el Nevado de Toluca en 1936 como Parque Nacional[1], ello no ha impedido la pérdida de cobertura forestal, la contaminación del suelo por uso excesivo de agroquímicos, la pérdida de suelo superficial y de barrancas; todo ello en detrimento de la conservación de los recursos naturales como es el caso del suelo, el cual se halla degradado en parte por el uso creciente de fertilizantes químicos.

Adicionalmente a lo anterior, se han presentado volúmenes considerables de azolves y erosión, culminando esto en un crecimiento de las cárcavas por desgajamiento vertical de taludes. Igualmente, se han dado aprovechamientos maderables y no maderables sin ninguna planeación ni autorización. Por si lo anterior no fuera suficiente, los incendios proliferan en el área junto con un pastoreo desordenado y tala clandestina, afectando todo esto a la flora y fauna que se encuentra en la misma. De igual forma, se ha producido destrucción del hábitat de especies animales y vegetales, así como actividad minera, todo lo cual ha contribuido a generar procesos erosivos en las laderas del volcán.

Tomando en cuenta el contexto descrito anteriormente, el pasado 1 de octubre el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que modifica y reforma el estatus legal del Parque Nacional Nevado de Toluca para convertirse en Área de Protección de Flora y Fauna[2], en el cual se establecen las actividades permitidas así como las actividades prohibidas dentro de la zona.

Ante esta nueva realidad jurídico-ambiental, el CEMDA desea manifestar lo siguiente, lo cual aplica para el caso del Nevado de Toluca y el resto de las áreas naturales protegidas del país:
Las Áreas Naturales Protegidas (ANPs), como un instrumento de política ambiental, deben fortalecerse, no hacerse más laxas, por lo que debe dotárseles en todo momento y sin excepción de las bases técnicas y legales para el adecuado cumplimiento de sus objetivos, así como garantizar que cuenten con la infraestructura y recursos humanos, técnicos y financieros que les permitan cumplir con sus objetivos.
Tomando en cuenta que la re categorización se realizó el 1 de octubre del presente año, la Semarnat cuenta -a partir de esa fecha- con un año para expedir sin dilación el Plan de Manejo respectivo, por lo que se hace una atenta y respetuosa invitación para que se le dé celeridad a este proceso y se cumpla en estricto sentido con los tiempos y formas señalados para tal efecto en la legislación ambiental de nuestro país.
Urgimos a la Semarnat, a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), a subsanar de una vez por todas los obstáculos ancestrales que impiden el adecuado desarrollo de las ANPs, como son:
Que en muchos casos las ANPs se quedan únicamente en el papel; es decir, que cuentan con un Decreto, pero no se delimita el polígono y no cuentan con un Programa de Manejo.
Que no cuentan con los recursos humanos, técnicos y financieros suficientes y necesarios que les permitan aplicar las políticas ambientales dentro de estas zonas.
Que existe falta de coordinación y coherencia en los instrumentos e instituciones involucradas en su manejo.
Que prevalece una falta de cultura de protección ambiental por parte de la sociedad, además de desconocimiento y desinterés por las ANPs.
Que existen graves problemas de tenencia de la tierra.
Que hay una falta de vinculación jurídica de las opiniones técnicas por parte de la Conanp en relación con los proyectos que se pretenden hacer dentro de las mismas.
Samantha Namnum García, directora de la oficina regional de CEMDA en Valle de Bravo, Estado de México, señaló que «las Áreas Naturales Protegidas, deberían idealmente mantener la categoría de protección que se les dio mediante Decreto Presidencial, cuidando su conservación, y aplicando de manera efectiva los instrumentos necesarios para un buen manejo de las mismas. Sin embargo, muchas de ellas, como es el caso del Nevado de Toluca, cuentan con decretos muy antiguos y generales que requieren precisar y actualizar ciertos aspectos, así como incluir instrumentos que permitan la participación de las comunidades locales en proyectos productivos que as u vez busquen la conservación de hábitat y de los recursos naturales de la zona».

Namnum García añadió que «en el caso particular del Nevado de Toluca, estamos frente a una zona con graves problemas de degradación ambiental (expuestas anteriormente) que, de no atenderse mediante la inclusión, planificación, SUPERVISIÓN y autorización de esquemas de aprovechamiento sustentable por parte de las comunidades aledañas, así como de la ejecución de proyectos de capacitación comunitaria, en un corto plazo, pudiéramos ver el ANP totalmente degradada, situación que por ningún motivo nos podemos dar el lujo de que suceda».

En base a ello, re categorizar el área permite abrir el espectro legal a la participación de las comunidades locales y promover el manejo forestal comunitario, dentro del cual se haga un uso y manejo sustentable de los recursos naturales por parte de quienes allí habitan y dependen justamente de los recursos naturales que se encuentran de la ANP para su subsistencia.

El CEMDA considera que re categorizar las ANPs debería ser una acción excepcional -y no la regla-, por lo que exhortamos a las autoridades ambientales de nuestro país a que las ANPs conserven la categoría que se les dio desde su origen, ya que ello sería el resultado de un buen manejo de las mismas. Igualmente, hacemos la invitación para que dichas autoridades contemplen la posibilidad de elevar la categoría de protección de las ANPs que por su importancia ambiental así lo requieran.

El CEMDA, particularmente nuestra oficina regional en Valle de Bravo, estará vigilante del debido cumplimiento del nuevo Decreto, así como de la expedición de su Plan de Manejo, a fin de que las condiciones ambientales del Nevado de Toluca sean cada vez mejores, y actuará dentro del marco jurídico e institucional para defender esta importante zona ambiental de nuestro país en caso de que esto no suceda.

[1] http://www.conanp.gob.mx/sig/decretos/parques/Nevadotoluca.pdf
[2] http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5315889&fecha=01/10/2013

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